Mar19032024

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Torrelavega

El Supremo da la razón al joven que denunció la oposición a Policía Local y el Ayuntamiento deberá darle la plaza y pagar los sueldos retroactivos

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El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que de nuevo daba la razón al aspirante a Policía Local que denuncio el proceso realizado por el Ayuntamiento de Torrelavega y reclamó la plaza adjudicada a otro candidato que no cumplía los requisitos de la convocatoria y que se incorporó al servicio hace dos años y medio. El Supremo ha rechazado el recurso presentado por el candidato que fue admitido y que ha perdido la plaza, mientras condena al Ayuntamiento a contratar al joven que denunció el proceso y a pagarle los sueldos que ha dejado de percibir en estos dos años y medio.

 

El denunciante, Jesús Campuzano, ha valorado que "por fin se ha hecho justicia" en este tema y se muestra "totalmente satisfecho, porque por fin se ha solucionado este gran problema que llevamos acarreando casi tres años". El joven ha afirmado que ahora "vamos a empezar a trabajar ilusionados", espera que lo antes posible.

Por su parte, y a pesar de que este proceso supondrá un gran desembolso para las arcas municipales –al tener finalmente que pagar los sueldos del que ocupó la plaza y del que según los tribunales la ganó, más los costes judiciales-, el alcalde, José Manuel Cruz Viadero, rechaza que nadie en el Ayuntamiento tenga responsabilidad por lo ocurrido.

"Yo creo que el Ayuntamiento ha actuado dentro de la legalidad en todo momento y es lamentable que ya un año antes de las elecciones se esté haciendo demagogia barata con este tema", ha afirmado. Además, ha explicado que, mientras el joven que ahora perderá la plaza estuviese recurriendo las decisiones judiciales, el Ayuntamiento no podía contratar al otro opositor. "Se ha actuado de forma correcta y de forma legal", ha insistido.

Tampoco considera que haya ningún responsable por dar la plaza a un aspirante que no cumplía el requisito de estar en posesión del carné de conducir A cuando se inició el proceso, lo que según los tribunales "vulnera" las bases de la oposición.

El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del TSJC, que en junio de 2017 desestimó los recursos de apelación presentados por el Ayuntamiento y por el opositor que obtuvo la plaza, ratificando la sentencia del Juzgado Número 3 de Santander de diciembre de 2016, que falló se habían "vulnerado" las bases de la oposición, al admitir por resolución de Alcaldía a un aspirante que no cumplía los requisitos de la convocatoria.

La sentencia ratificada por el TSJC condena a la administración a nombrar policía en prácticas al recurrente, "dejando sin efecto la relación de aspirantes aprobados respecto al codemandado" y "excluyendo" del proceso al aspirante que no cumplía los requisitos de la convocatoria.. Además, deberán pagar al demandante los salarios dejados de percibir desde que debiera haber entrado en la policía.