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Torrelavega

El TSJC sentencia que el Ayuntamiento no tendrá que pagar casi 5 millones de euros a Terrenos de Adarzo por La Carmencita

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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha fallado a favor del Ayuntamiento de Torrelavega, que no tendrá que pagar a la promotora Terrenos de Adarzo una indemnización que rondaría los 5 millones de euros. La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, contra la que no cabe recurso, ha fallado que el Ayuntamiento "no ha incumplido" las obligaciones adquiridas en el convenio firmado con la promotora en 2003, por el que el Consistorio se hizo con la finca de La Carmencita a cambio de aprovechamientos urbanísticos en el Plan Parcial Coteríos que nunca se llegó a desarrollar.

La misma sala de lo Contencioso Administrativo también ha fallado a favor del Ayuntamiento, en este caso ratificando la sentencia en primera instancia, desestimando la reclamación de la empresa Prointec, a la que inicialmente se adjudicó la redacción del Plan General de Ordenación Urbana de Torrelavega, que pedía una indemnización de casi 500.000 euros, por la decisión del Consistorio de cancelar el contrato por incumplimiento de plazos.

El alcalde, José Manuel Cruz Viadero, y el primer teniente de alcalde, Javier López Estrada, han enfatizado que estas dos sentencias favorables suponen que "los ciudadanos de Torrelavega no tendrán que pagar cerca de 6 millones de euros". Además, confirman, en el caso de Terrenos de Adarzo, que "teníamos razón cuando creíamos que la sentencia era recurrible" y tomaron "la decisión política de recurrir", ha dicho el alcalde. Tanto en La Carmencita como en el Plan General, ha apuntado Cruz Viadero, el Tribunal Superior de Justicia viene a decir que el Ayuntamiento "ha hecho bien las cosas".

Sobre esto último, López Estrada ha abundado que la sentencia "inapelable" del TSJC refleja que el acuerdo de permuta de La Carmencita "fue un buen convenio para la ciudad", que ha hecho que "los torrelaveguenses y los vecinos de La Inmobiliaria hayan podido disfrutar de una finca excepcional como aparcamiento gratuito durante los últimos 16 años". Por eso, ha dicho "a los partidos que han atacado por todos los flancos este convenio y a las personas que lo firmaron, que este sería un buen momento para rectificar".

Ambos han mostrado la "gran satisfacción" del equipo de gobierno y "de toda la Corporación", tras comunicar las sentencias a los grupos políticos en Junta de Portavoces, por dos resoluciones de los tribunales que dejan al Ayuntamiento "en una situación económica envidiable". El Ayuntamiento había consignado en los presupuestos de 2015, a través de un modificado, y en los de este año una partida de "contingencias" para hacer frente a las responsabilidades económicas a las que tendría que hacer frente en caso de un fallo contrario al Consistorio.

El Ayuntamiento decidió en julio de 2015 recurrir la sentencia que en primera instancia estimó parcialmente el recurso presentado por Terrenos de Adarzo SL, valorando que la promotora no pudo ejecutar los aprovechamientos urbanísticos al no desarrollarse el Plan Coteríos por "la inactividad" del Consistorio. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Santander estimaba una indemnización para la promotora de 3,8 millones de euros y los intereses de demora, lo que elevaba la cifra hasta cerca de los 5 millones de euros.

Ahora, el TSJC revocado esa sentencia, estimando que "el hecho de que la situación de crisis económica haya supuesto la paralización de la urbanización" por parte de la Junta de Compensación "no es una situación imputable al Ayuntamiento, y en ningún caso se puede concluir que el Ayuntamiento haya incumplido sus obligaciones", y por tanto "es imposible que se deduzcan consecuencias indemnizatorias de ningún tipo". Rechaza por tanto

En cuanto a Prointec, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior desestima el recurso de apelación de la empresa que reclamaba una indemnización de más de 500.000 euros por la rescisión del contrato para la revisión del Plan General y la condena al pago de las costas procesales.

Prointec presentó recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 3 de Santander, que en fecha 20 de marzo de 2015, rechazó la reclamación económica del equipo redactor por la decisión del Ayuntamiento de rescindir el contrato para la revisión del Plan General de Ordenación Urbana, al considerar que se habían incumplido los plazos. El alcalde ha recordado hoy que la decisión de rescindir el contrato se tomó porque "en 48 meses no se hizo una parte importante de los trabajos" previstos para la revisión.

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