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Economía

Los consejeros de Sniace creían que los vertidos enjuiciados estaban “amparados” por la Autorización Ambiental

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El ex presidente de Sniace, Blas Mezquita; los seis ex consejeros de la empresa, y el que fuera jefe de operaciones de la compañía; han afirmado hoy que creían que los vertidos contaminantes realizados por la fábrica al Saja-Besaya entre 2008 y 2010 estaban "amparados" por la Autorización Ambiental Integrada (AAI) y que desde la administración no recibieron ninguna comunicación contraria a ello.

 

En la primera sesión del juicio que sienta en el banquillo a Mezquita, los consejeros Jesús Manuel Zaballa, Manuel Huerta, Julio García García, Víctor Manuel Guzman del Pino, Juan Hernández-Canut y Antonio Temes, y el jefe de operaciones, Francisco González Payno, todos ellos han asegurado que los temas medioambientales de Sniace eran responsabilidad de otro consejero, Miguel Gómez de Liaño, que dimitió precisamente tras ser condenado por el Tribunal Supremo por un delito ecológico también por vertidos. Gómez de Liaño fue presidente en funciones y el que firmó en 2013 el despido de los más de 500 trabajadores y el cierre de la fábrica, cuando era presidente en funciones durante la baja por infarto de Mezquita en pleno conflicto laboral.

La pena solicitada para cada uno de ellos asciende a dieciséis meses de prisión, multa de 6.000 euros e inhabilitación especial para ejercer cualquier actividad relacionada con la emisión de vertidos al medio natural por tiempo de 20 meses.

Además, solicita que todos ellos indemnicen conjunta y solidariamente al Estado en la cantidad que se fije en sentencia o en ejecución de la misma por el perjuicio causado al medio natural.

El juicio, que se celebra en la Sala de lo Penal número 2 de Santander, se ha retomado este martes tras ser suspendido el pasado mes de febrero por el contacto estrecho de uno de los abogados con un positivo en COVID.

Según el escrito del ministerio fiscal, la empresa carecía de autorización para realizar vertidos de las aguas derivadas de su proceso industrial al río Saja-Besaya, ya que la Confederación Hidrográfica del Norte le revocó en 2006 la autorización que tenía desde 2002 "por el carácter abusivo de los vertidos que venía realizando".

Por otro lado, la empresa obtuvo en 2008 Autorización Ambiental Integrada (AAI) de la Consejería de Medio Ambiente para verter las aguas procedentes del proceso industrial a la ría de San Martín a través de un colector de industriales y únicamente las aguas de refrigeración y pluviales o de escorrentía al río Saja-Besaya.

Tal y como mantiene la fiscalía, el colector de industriales no estuvo en funcionamiento y la empresa, "a sabiendas de que carecía autorización administrativa para realizar vertidos de las aguas derivadas del proceso industrial en el río Saja-Besaya, de manera continua y reiterada realizó vertidos de dichas aguas, alterándose por ello la calidad de las mismas, no respetándose los parámetros acordados en la AAI".

"En consecuencia, se vio gravemente afectada la calidad de las aguas del río Besaya", tal y como se desprende de las analíticas realizadas, entre otros, por el Instituto Nacional de Toxicología, ha informado el TSJC

"Los vertidos relatados han perjudicado la calidad de las aguas del río Besaya, generando una situación de riesgo grave para el equilibrio de los sistemas naturales y del ecosistema fluvial en general, generando unas condiciones inidóneas para la vida de los peces por ausencia de oxígeno", señala la fiscalía.

Y añade que los valores de demanda química de oxígeno y de carbono orgánico total que se desprenden de las analíticas "son indicativos de contaminación por materia orgánica".

"Las concentraciones de sólidos en suspensión que el vertido de SNIACE ha provocado –continúa el escrito- influyen en la transparencia del agua, factor decisivo para la claridad y productividad de los ecosistemas, ya que las aguas turbias impiden la penetración de luz", además "crean depósitos sobre las plantas y branquias de los peces, favoreciendo la aparición de condiciones anaerobias y alterando la alimentación de determinadas especies piscícolas".

Por todo ello, la fiscalía acusa al que fuera jefe de operaciones de la compañía, Francisco González Payno como autor material de un delito continuado contra los recursos materiales y el medio ambiente, pues cree que es el responsable de la decisión de realizar los vertidos contaminantes.

También acusa al presidente de la compañía, Blas Mezquita, y al resto del Consejo de Administración -Jesús Manuel Zaballa, Manuel Huerta, Julio García García, Víctor Manuel Guzman del Pino, Juan Hernández-Canut y Antonio Temes- como autores del citado delito, ya que considera que cometieron el ilícito por omisión, al ser conocedores de los hechos y no oponerse o prohibir los mismos.

Además de la fiscalía, están personadas dos acusaciones particulares: Ecologistas en Acción, que se suma a la petición de la fiscalía, y la Abogacía del Estado, que pide para cada uno de los ocho acusados una pena de dos años y seis meses de prisión, multa de 10.200 euros e inhabilitación para ejercer actividad relacionada con vertidos durante dos años.

La indemnización solicitada por la Abogacía del Estado para que abonen de manera conjunta y solidaria los ocho acusados asciende a cincuenta millones de euros.