Mar19032024

Last update12:21:02 AM

Economía

La plantilla de Sniace vuelve a la Audiencia Nacional para que se cumpla el acuerdo laboral

Valoración del Usuario:  / 0
MaloBueno 
SniaceAcuerdoJunio2016

Los trabajadores de Sniace se han visto forzados a volver a la Audiencia Nacional, esta vez para exigir a la empresa que cumpla las subidas salariales pactadas en el acuerdo laboral que se firmó para la reapertura de la fábrica y que fue avalado por el Tribunal Supremo.

 

Este jueves, a las 9.15 horas, se celebra en la Audiencia Nacional el juicio pendiente desde 2018, cuando el comité de empresa acudió a los tribunales para exigir a Sniace que cumpliese las subidas salariales pactadas en el acuerdo transaccional de junio de 2016. El Juzgado número 1 de Santander apreció falta de jurisdicción, valorando que Sniace tenía un centro de trabajo en Madrid (en aquel momento con solo 5 empleados), por lo que el juicio de los conflictos colectivos pasó a la Audiencia Nacional, previo paso por el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) de la capital de España. Tras diferentes retrasos el juicio se celebrará este jueves.

Desde el comité de empresa ya hace dos años se recriminaron las "argucias" empleadas por el representante jurídico de Sniace, Alberto Novoa, que "podrán ser todo lo legales que quiera", pero que los trabajadores califican de maniobra "rastrera" en los juicios por los conflictos colectivos, afirma el ex secretario del comité, Antonio Pérez Portilla, firmante del acuerdo transaccional por cuyo cumplimiento tienen que volver a pelear en la Audiencia Nacional.

Comportamientos de "trileros" que la empresa y sus representantes siguen manteniendo, ha asegurado Pérez Portilla. Durante la reunión con el director de Recursos Humanos, Tristán Martínez, para definir las parrillas y vacaciones de este año previas al Expediente de Regulación Temporal de Empleo que la empresa va a aplicar, los representantes sindicales descubrieron que la empresa ha incluido a todo el comité en el ERTE, pese a no haber planteado esa circunstancia en ningún momento en la negociación del mismo.

Pérez Portilla, que ya no forma parte del comité, ha denunciado que la empresa ha incluido incluso a los integrantes de la comisión de vigilancia del ERTE, y lo ha hecho "con nocturnidad y a traición", ya que durante las tres reuniones negociadoras del expediente no se informó al comité que "todos" los representantes sindicales de los trabajadores estarían en un expediente que afecta a la mitad de la plantilla de las fábricas torrelaveguenses.

El ex secretario del comité ha avanzado que en los próximos días, tras el juicio en Madrid, consultarán son los asesores jurídicos si esta medida ejecutada en "una política de trileros" vulnera las garantías sindicales y las medidas que se tomarán al respecto.

En cuanto al juicio en la Audiencia Nacional, la plantilla pide que se cumpla el acuerdo laboral que firmaron empresa y representantes sindicales y que el Tribunal Supremo refrendó en julio de 2016. En ese acuerdo se contemplaba, para permitir la viabilidad de la empresa y los puestos de trabajo, una reducción salarial del 20% para los cargos directivos, del 17,5% para los mandos intermedios y del 15% para el resto de la plantilla.

El acuerdo recoge que "dicha rebaja salarial se plasmará, en los términos que se indicarán en la estipulación siguiente del presente pacto, en las tablas salariales del nuevo Convenio Colectivo de Empresa por el que se van a regir las partes, y que tendrán una vigencia de 6 años desde la firmeza de la convalidación judicial del presente acuerdo, siendo el salario de la plantilla a todos los efectos desde esa fecha y a expensas, exclusivamente, del resultado de la negociación colectiva salarial que tenga lugar en su caso transcurridos los 6 años de vigencia de dichas tablas salariales".

Igualmente, el acuerdo estipulaba que "las tablas salariales que habrán de recoger las modificaciones sustanciales aquí pactadas y que tendrán, como el nuevo Convenio Colectivo que las recoja, una vigencia de 6 años, serán incrementadas para todos los trabajadores del siguiente modo: a partir del 1 de enero del tercer año de vigencia del Convenio Colectivo en el IPC incrementado en un 0´5%; a partir del 1 de enero del quinto año de vigencia del Convenio Colectivo en el IPC incrementado en un 0´5%; y a partir del 1 de enero del sexto y último año de vigencia del Convenio Colectivo, en el IPC incrementado en un 0´5%".