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Torrelavega

La nueva Ordenanza de Transparencia establece 30 días prorrogables para facilitar la información solicitada por los ciudadanos

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La nueva Ordenanza de Transparencia del Ayuntamiento de Torrelavega establece que el Ayuntamiento dispondrá de un plazo de 30 días, prorrogables por causa de fuerza mayor", para proporcionar la información que soliciten los ciudadanos cuando la consulta no se haga a través de la web habilitada al efecto. Además, establece el cobro de una tasa siempre que la documentación sea requerida en formato no digital.

Son algunos de los aspectos incluidos en la Ordenanza que regulará el acceso de los ciudadanos a la información municipal, dictaminada hoy en la Comisión de Régimen Interior con el voto en contra de ACPT, y que deberá ser refrendada en el pleno previsto para finales de semana.

El concejal del área, José Luis Urraca, ha detallado que se "garantiza" el libre y gratuito acceso del ciudadano a la información municipal, aunque será óbice para que se cobren las tasas establecidas para la realización de fotocopias si se solicita en papel, o los "costes de mercados" si se piden en soportes tipo CD o DVD.

Respecto a cómo podrán acceder los ciudadanos a la información municipal, el titular de Régimen Interior ha explicado que será a través del portal web de Transparencia de la Administración Local del Ministerio de Hacienda, donde el Ayuntamiento colgará toda la información o mediante la solicitud previa al Departamento de Gobierno Interior. Urraca considera un "avance" la entrada en vigor de la ordenanza, aunque ha matizado que el Ayuntamiento ya practicaba esa "transparencia" publicando trimestralmente en el BOC los contratos menores.

La información a la que tendrán acceso los ciudadanos serán los datos biográficos y las retribuciones que perciban anualmente los miembros de la Corporación, los directivos municipales, los concejales y el alcalde. Además, para el alcalde y concejales serán obligatorias que aparezcan las declaraciones anuales de bienes y actividades, en los términos previstos en la Ley así como en la normativa de conflictos de intereses, en el ámbito de la administración general del estado.

El Ayuntamiento deberá publicar en este Portal de Transparencia, los presupuestos anuales, con descripción de las principales partidas presupuestarias e información actualizada trimestralmente sobre su estado de gestión. Deberán figurar las modificaciones presupuestarias que se realicen, información sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, las cuentas anuales y los informes de auditoría que se redacten.

También se harán públicos datos sobre la masa salarial del personal laboral del sector público, el importe de la deuda municipal a corto y largo plazo, y todos los informes de auditoría realizados por los órganos de control externo, entre otros aspectos.

Así mismo, estarán sujetos a la Ordenanza todos los organismos autónomos y entidades vinculadas o dependientes del ayuntamiento, y también las entidades perceptoras de subvenciones municipales.