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Torrelavega

Los tribunales fallan de nuevo en contra del Ayuntamiento y reconocen discriminación salarial a 22 trabajadores temporales

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Limpieza

Los tribunales han vuelto a fallar en contra del Ayuntamiento de Torrelavega y a condenar al Consistorio por discriminación salarial a trabajadores temporales. Según la sentencia a la que ha tenido acceso HoyTorrelavega, el Juzgado de lo Social Número 4 de Santander estima la demanda de 22 trabajadores que participaron en uno de los programas de Corporaciones Locales de 2015 y condena al Ayuntamiento a pagar a cada uno de ellos 4.312,19 euros (más el 10% de intereses de demora), por las diferencias salariales entre los que cobraron durante los 181 días que estuvieron contratados y lo que establece el convenio colectivo municipal para esa categoría.

 

Los demandantes participaron entre febrero y agosto de 2015 en el proyecto de "Limpieza y acondicionamiento de espacios públicos" en Torrelavega. Durante ese tiempo percibieron 35,84 euros diarios, cuando el convenio colectivo, para la categoría de ayudantes de oficios LV establece una retribución de 21.841,54 euros anuales (59,83 euros diarios).

La magistrada María Ángeles Hormaechea Sánchez señala en su fallo que no existen "diferencias sustanciales entre la prestación de servicios de los demandantes y de los trabajadores fijos del Ayuntamiento", y que tampoco está justificado "el criterio diferenciador invocado por la empresa". Además, recuerda que "la inclusión en el convenio colectivo de un precepto discriminador", como es la fijación de una retribución diferente para una misma categoría laboral por su temporalidad, "conlleva su inaplicación, a tenor de lo previsto en el artículo 5 de la LOPJ".

El Ayuntamiento de Torrelavega ya anunciado la presentación de un recurso de súplica a la sentencia. "Desde el debido respeto que toda decisión judicial debe tener, máxime desde la administración pública, no estamos conformes con la valoración de las pruebas que se ha hecho", ha señalado el concejal de Personal, José Luis Urraca. 

La sentencia, con fecha 22 de junio, considera probado que estos operarios temporales realizaron durante esos seis meses, y con pequeñas salvedades, las mismas funciones que los trabajadores fijos del Ayuntamiento.

"Los actores y los trabajadores fijos del Ayuntamiento de Torrelavega utilizaban el mismo vestuario, llevaban las mismas herramientas de trabajo, se reunían todos los días antes del comienzo del trabajo en el Mercado Nacional de Ganados para recibir las órdenes diarias relacionadas con la realización de los servicios y, salvo algunos fines concretos (recogida de los cubos de basura, uso de las barredoras autopropulsadas, mantenimiento de pipicanes, limpieza de la Escuela de Adultos ...), y salvo algunas diferencias en los horarios de trabajo, todos prestaban los mismos servicios", detalla el fallo del Juzgado de lo Social Número 4 de Santander.

También se recoge en la parte argumental de la sentencia, el fallo de ese mismo Juzgado que en febrero de 2016 ya estimó la demanda de otros siete trabajadores temporales, que fueron contratados de marzo a septiembre de 2014 en la convocatoria de Corporaciones Locales para realizar labores de limpieza y acondicionamiento de espacios públicos. La sentencia en aquella ocasión, igual que ahora, condenó al Ayuntamiento a pagar la diferencia salarial de 3.691 euros a cada una de estas siete personas. Sin embargo, desestimó la demanda de un octavo trabajador, que realizó labores de chófer, entendiendo que no podía ser equiparado con ningún puesto municipal.

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