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La Medalla de Suances se incorpora al Reglamento de Honores y distinciones de la villa

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El pleno ha modificado el Reglamento de Honores para crear una nueva distinción denominada la Medalla de Suances, para condecorar a personas, instituciones, entidades o colectivos hayan favorecido de modo notable los intereses públicos municipales.

Según se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria, esta nueva distinción reconocerá las actividades deportivas, científicas, literarias, culturales, artísticas, sociales, económicas, docentes o de investigación, contendrá el escudo del municipio reproducido en metal e irá acompañada del correspondiente diploma en pergamino con los merecimientos que motivan y justifican su concesión.

Para crear esta nueva distinción se ha incluido en el Reglamento de Honores de Suances, que data de 2013, un nuevo artículo y se han modificado cinco apartados para adecuarlo a las nuevas necesidades. Con ello, el reglamento queda formado por los títulos de Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo, la Medalla de Suances y la atribución de nombres a calles, edificios y plazas públicas, que serán honoríficos y que no generarán derecho a ningún devengo ni efecto económico o administrativo.

Los títulos de Hijo Adoptivo, Hijo Predilecto y la Medalla de Suances son los de máxima distinción que otorga el Ayuntamiento, por ello el reglamento destaca que su concesión deberá observar la mayor objetividad, rigor y restricción posible para que mantengan su prestigio.

Estos títulos tendrán carácter vitalicio y no podrán otorgarse más de uno al año en cada categoría, salvo en supuestos excepcionales y si las circunstancias tienen una importancia extrema para el municipio. El reglamento también prevé la posibilidad de revocar la concesión de estas distinciones cuando "concurran causas excepcionales motivadas por comportamientos indignos", que deberán quedar acreditadas y contar con un acuerdo plenario adoptado con la misma mayoría que aprobó su otorgamiento.

Una vez que esté acordada la concesión de los títulos, se entregará a la persona que haya obtenido la distinción o a sus familiares, mediante un documento en el que se hará constar el título y las cualidades, méritos o servicios prestados, que han fundamentado el otorgamiento del título.