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Economía

La AN frena la intención de Sniace de retrasar la subida salarial

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SniaceAudienciaNacional2020

La Audiencia Nacional ha reconocido el derecho de todos los trabajadores de Sniace a que la empresa aplique a partir del 1 de enero de 2019 los incrementos salariales pactados en el acuerdo laboral para la reapertura de la factoría torrelaveguense, que fue refrendado por el Tribunal Supremo.

 

Sniace defendió en la vista celebrada en la Audiencia Nacional el pasado 16 de enero que la aplicación de las subidas salariales pactadas debía ser a partir de enero de 2020, aunque en algunas reuniones con el comité llegó a plantear enero de 2021.

Por eso, el comité de empresa considera la sentencia de la Audiencia Nacional "una pequeña victoria", que no es mayor por la intención expresada por Sniace de recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo, lo que supone que la aplicación de la subida salarial queda paralizada hasta que haya un pronunciamiento definitivo de esa corte.

Aunque en la causa llevada ante la Audiencia Nacional los representantes sindicales solicitaban la subida desde el 1 de enero de 2018, están satisfechos con la fecha de 2019, que es la que habían apuntado como probable en las asambleas de trabajadores.

El desencuentro entre la empresa y los trabajadores y el baile de fechas se debe a diferentes interpretaciones sobre si el primer año de vigencia del convenio en vigor se cumple en julio de 2017 (doce meses después de firmarse), o en diciembre de 2016. El acuerdo laboral suscrito por la dirección de Sniace y la plantilla recoge que los incrementos salariales comenzarán a aplicarse a partir del "1 de enero del tercer año de vigencia del Convenio Colectivo". Determinar cuándo se cumple el primer año determina cuándo los trabajadores podrán empezar a tener un pequeño incremento de sus sueldos, que fueron rebajados como parte del mencionado acuerdo laboral para facilitar la reapertura de la fábrica después de tres años cerrada.

La Audiencia Nacional señala en el fallo que "la aplicación de los anteriores criterios al precepto cuya interpretación se discute no deja lugar a dudas respecto de los mandatos que contiene y, tampoco, de la intención de los contratantes. En efecto, el convenio quiso incrementar las tablas salariales para todos los trabajadores a partir del 1 de enero del tercer año de vigencia del convenio colectivo en el IPC de este año incrementado en un 0,5% y para determinar a qué año corresponde el mes de enero, basta con tener presente que la vigencia del convenio es de 6 de julio de 2016 (fecha del auto del T.S que convalido el Acuerdo de 3 de junio de 2016), siendo el primer año de vigencia del convenio el periodo comprendido entre el 6 de julio de 2016 y el 6 de julio de 2017".

El ex secretario del comité, el ugetista Antonio Pérez Portilla estaba citado en la vista de la Audiencia Nacional como testigo, al igual que el ex delegado de CCOO Luis Corrales, ya que ambos fueron firmantes (junto al delegado del SUC) del acuerdo laboral en junio de 2016. Según ha recalcado, los abogados han calificado el fallo de "éxito" y la argumentación de la AN "sencilla pero contundente", por eso consideran que las posibilidades de que Sniace consiga un dictamen favorable a su tesis en el Supremo son escasas.

Por su parte, los servicios jurídicos sindicales serán los que, una vez, estudiada con detenimiento la sentencia que han recibido hoy miércoles, decidan si los trabajadores recurren, aunque también para ellos, a la vista de la argumentación de la Audiencia, parece complicado conseguir en el Supremo esa fecha de 2018.

Pérez Portilla lamenta que, una vez más, la empresa utilice maniobras de "trileros", que dilatarán no se sabe por cuánto tiempo que los trabajadores cobren lo que les corresponde, para intentar no cumplir lo acordado y avalado por el Tribunal Supremo, y para ahorrarse unas cantidades ínfimas en el volumen y los problemas económicos de Sniace. En este sentido ha recordado que la empresa "nos hace ir a juicios por 10 euros", por lo que no les sorprende que pueda recurrir, algo por otra parte adelantado por el asesor legal de Sniace, Alberto Novoa.

Mientras, Sniace sigue adelante con el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de un año de duración para 229 trabajadores, con un máximo de 91 días por operario y un mínimo de cinco semanas, y la incorporación al expediente del 60% de las vacaciones.

Aunque la poca claridad por parte de la dirección de sus intenciones y del desarrollo del expediente ha sido una constante en la negociación, el planteamiento de la empresa es aplicar cinco semanas de expediente del 1 de abril al 4 de mayo y realizar una parada total de las fábricas del 4 de mayo al 25 de mayo para poner en marcha la producción de 'toallitas dispersables' y realizar diversas reparaciones, cubriendo este último periodo con vacaciones y 'parrillas'. Del mismo modo, durante toda la negociación la dirección ha valorado una segunda parada después de mayo o incluso una tercera, pese a que, como advierte el comité, los costes de parar y poner en marcha la producción son muy elevados en Sniace.