Mar19032024

Last update12:21:02 AM

El plazo de solicitud de ayudas extraordinarias por las inundaciones de Piélagos está abierto hasta el 13 de febrero

Valoración del Usuario:  / 0
MaloBueno 
PielagosAyto06

El Ayuntamiento de Piélagos tiene abierto hasta el domingo 13 de febrero el plazo de solicitud de las ayudas extraordinarias para los afectados por las inundaciones del pasado mes de noviembre, cuya convocatoria publica este viernes el Boletín Oficial de Cantabria (BOC).

La alcaldesa del municipio, Verónica Samperio, ha hecho hincapié en que estas ayudas están destinadas tanto a familias y entidades sin ánimo de lucro como para actividades empresariales, profesionales, artísticas, agrícolas, ganaderas, etc. En todos los casos, ha dicho, tienen como finalidad colaborar en la recuperación y dar soluciones a todas esas personas y entidades que se vieron afectadas por la crecida del río Pas a su paso por distintas localidades de Piélagos, como Oruña o Vioño.

 

Samperio ha recordado que, según recogen las bases de la convocatoria, publicadas en el BOC del 4 de enero, el Consistorio destinará 500.000 euros a las ayudas para personas, familias y entidades sin ánimo de lucro (modalidades A, C y D.1) y 165.000 euros para las destinadas a actividades empresariales, profesionales, artísticas, ganaderas, etc. (modalidades B y D.2) a las que sumarán las ayudas sociales (modalidad E).

La regidora municipal ha avanzado que la modalidad A incluirá ayudas para el abono del alquiler de realojo alternativo, concediéndose un máximo tres mensualidades y para la reparación de vivienda habitual y de segundas viviendas, incluyendo actuaciones en la edificación, el mobiliario y electrodomésticos.

En ambos casos, ha precisado, se otorgará una ayuda de 300 euros sin necesidad de aportar justificantes y, a partir de esa cantidad, deberá justificarse el gasto con las correspondientes facturas.

En la misma línea, se ha referido a las ayudas para la adquisición de enseres tanto para la vivienda habitual como para segundas viviendas, que habrá que justificar a través de las correspondientes facturas; así como para la reparación y adquisición de enseres de otros inmuebles como bajos, trasteros y garajes, en cuyo caso se establecerá una ayuda de 100 euros -sin necesidad de justificar- y, a partir de esa cifra, la cantidad deberá justificarse con las correspondientes facturas.

La modalidad B será la destinada a la reparación y reposición de daños en establecimientos comerciales, industriales, empresariales y ganaderos, que incluirá una línea de 300 euros, que no requerirá justificante de gasto. Será, por encima de dicha cantidad, cuando los solicitantes deberán justificar los gastos con las correspondientes facturas.

Respecto a la modalidad C, para comunidades de propietarios, se concederán ayudas de 600 euros, sin necesidad de justificante, debiéndose aportar las correspondientes facturas de reparación y/o reposición, a partir de dicha cantidad. En este caso, habrá un límite de 3.000 euros por solicitud, ha puntualizado.

La modalidad D incluirá ayudas para la reparación de vehículos de uso particular (turismos, motocicletas, etc.) e industrial, debiéndose aportar las facturas de reparación en caso de no cobertura por parte de la aseguradora del solicitante. Asimismo, en el caso de la declaración de siniestro total, como consecuencia de los daños ocasionados por la inundación, se establecerá una ayuda adicional a la indemnización de la aseguradora equivalente al importe del valor del siniestro, con un límite de 3.000 euros por solicitud.

Por último, la modalidad E concederá ayudas para la atención de necesidades sociales, con un límite de 3.000 euros por unidad familiar, previo informe del departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento.

En cuanto a los requisitos de acceso a las distintas líneas de ayudas, Samperio ha señalado que podrán optar a las mismas personas mayores de 18 años o emancipadas legalmente, con la única excepción de aquellos menores que tengan hijos a su cargo, procedan de institución de protección de menores o huérfanos de padre y madre, en el trámite de asignación de tutor/a legal.

En este sentido, ha añadido que podrán beneficiarse de las ayudas los inmuebles afectados por las inundaciones (viviendas habituales, segundas viviendas, bajos, trasteros, garajes y comunidades de propietarios), admitiéndose una única solicitud por inmueble; establecimientos comerciales y empresariales (industrial, profesional, artístico, agrícola, ganadero, etc.); pequeñas cabañas ganaderas propiedad de personas físicas y vehículos afectados.

Los solicitantes deberán presentar el modelo oficial, disponible en el Registro General del Ayuntamiento y en la página web www.pielagos.es, debidamente cumplimentado.