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Economía

Una sentencia obliga a Supermercados Lupa a respetar el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral

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LupaTanos

El Juzgado de lo Social Número 3 de Santander ha estimado la demanda interpuesta por una trabajadora contra la empresa Semark, propietaria de Supermercados Lupa y Top Cash, y ha fallado el derecho de la demandante a conciliar la vida familiar y laboral y a la reducción de jornada y horario que había solicitado para cuidar de su hijo pequeño.

En la sentencia, el juez determina el derecho de la trabajadora, contratada a turnos en el Supermercado Lupa de Tanos, en Torrelavega, a que se le reduzca la jornada y a elegir horario de trabajo dentro del turno de mañana, mientras que la empresa pretendía que eligiese horario dentro de los diferentes turnos.

El Sindicato Unitario, al que está afiliada la demandante, ha destacado en un comunicado que el magistrado hace referencia al artículo 39 de la Constitución Española, que dispone que los poderes públicos deben asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia y la protección integral de los hijos, además de recoger que los padres deben prestar asistencia a los hijos durante su minoría de edad y que los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

Además, según el SU, la sentencia hace mención al artículo 37 del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, "que garantiza la conciliación de la vida laboral y familiar", y destacando el titular del Juzgado Número 3 de lo Social que la empresa en ningún caso acreditó que la reducción de jornada que solicitaba la trabajadora ocasionara un perjuicio organizativo.

El Sindicato Unitario ha manifestado que "da un gran valor a esta sentencia, que no admite recurso, pues en los próximos meses los tribunales de Cantabria tendrán que afrontar nuevas demandas de trabajadoras contra Supermercados Lupa por idéntico motivo, atentar contra sus derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral".